

Pues bien, todas esas dudas quedan resueltas por dos abogados seguidores de los comic´s y que al parecer tienen mucho tiempo libre, los cuales abrieron a finales de noviembre pasado el blog Law and the Multiverse: Superheroes, supervillains, and the law. En el cual se han dedicado a responder, desde el punto de vista jurídico de los Estados Unidos (principalmente) estás y otras dudas que “muchos” (según ellos) podríamos tener.

De hecho si entran a su blog podrán encontrar tópicos como: El derecho a la privacidad de los Héroes, Los Héroes voladores y la seguridad de los vuelos y la registración, Los héroes y su estatus ante inmigración (de los extraterrestres y los de otros países), Los héroes y el castigo excesivo, los Gadget heroicos y la ley federal de armas, pruebas obtenidas por héroes y los juicios y por su puesto quien paga las heridas ocasionadas por las batallas?



Ha ya estoy debrayando mucho, mejor dejo que ustedes opinen.
Comentarios
el artículo 17 de la constitución dice en su primer párrafo lo sig.
"Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.".
Asimismo, el art. 16 establece tmb lo sig:
Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más
cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención.
La Constitución unicamente permite que el heroe en cuestión haga la detención en casos específicos, como lo es la flagrancia, nada más; ya la impartición de justicia es Exclusiva del Estado.
sólo una duda, si el detener al presunto delincuente en fragancia implicaria en un supuesto que se pudiera ejercer algun tipo de acción penal en su contra, porque eso no se aplica en la prectica?